Poder general
El poder general se otorga para un número indeterminado de actos jurídicos. Con este poder una persona, en nombre de otra, puede vender bienes muebles, inmuebles, representar a quien otorga el poder ante instituciones administrativas, judiciales etc.
Se recomienda que este poder se le otorgue a personas de estricta confianza por la amplia variedad de asuntos que puede manejar en nombre y representación de quien otorga el poder.
Los requisitos para su tramitación son:
- Rif vigentes de ambas partes.
- Cédulas de identidad vigentes de ambas partes (el que otorga el poder y quien lo recibe).